La Audiencia Nacional anula el deslinde que Costas realizó en Fisterra

S. G. Carballo / La Voz

CARBALLO

01 dic 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Los magistrados de la sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional acaban de anular el deslinde que Costas del Estado realizó en casi todo el litoral de Fisterra (salvo la playa de Langosteira), aprobado en una orden ministerial de marzo del 2011. Los jueces dan la razón al Concello de Fisterra, que recurrieron la norma al entender que en dos zonas, San Roque y Sardiñeiro, la servidumbre impuesta debería ser mucho menor: no de 100 metros, como fijaba el ente estatal, sino de 20, por considerarla área urbana.

La victoria judicial ha causado sorpresa (y mucha satisfacción) en el gobierno local y en el arquitecto municipal, ya que ambos aseguran que en este tipo de pleitos las Administraciones locales pierden más del 90 % de los litigios.

No obstante, los jueces del tribunal madrileño (Costas es una de las escasas competencias atribuidas a la Audiencia Nacional) ni siquiera han entrado en el fondo de la cuestión. De hecho, la consideración de esos terrenos como urbanos y y por tanto la necesidad de reducir la protección hasta los 20 metros era la segunda petición del Ayuntamiento. La primera era más simple: el expediente estatal no podía salir adelante porque Costas lo aprobó cuando el plazo para hacerlo ya había caducado. Y, en efecto, la sentencia establece que eso ha sido así, argumento que ya le basta para fallar a favor del ejecutivo local sin entrar en otras consideraciones.

Señalan los magistrados que, desde que se inició el expediente, en junio del 2007, hasta que se resolvió, en marzo del 2011, pasaron 45 meses y medio, mucho más de los 24 meses de máximo legal, además de otros 12 de ampliación acordados en mayo del 2009. Una segunda ampliación, de mayo del 2010, no se ha tenido en consideración, al entender que ni se debió a una circunstancia externa «ni menos aún de difícil previsión».

La sentencia es recurrible, pero en caso de que Costas no lo haga, debería preparar un deslinde provisional. Y, en otro caso, recobran vigencia las establecidas en las normas subsidiarias, que atribuyen suelo urbano a los dos puntos en litigio. Por un lado, y según explican desde el Concello, otorgan una continuidad desde Fisterra hacia Langosteira. Y, en Sardiñeiro, se garantiza su expansión, especialmente en la salida hacia Estorde.

Traba considera que las modificaciones del deslinde ahora anulado no estaban justificadas, y defiende su carácter urbano, Costas de Galicia les daba la razón, pero no Madrid.