Nueva sentencia contra un furtivo que no podrá acercarse a los arenales del pósito crucense

La Voz RIBEIRA / LA VOZ

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En el fallo, la jueza prohíbe al acusado acercarse a menos de 200 metros

27 oct 2016 . Actualizado a las 05:05 h.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ribeira acaba de dictar una sentencia contra J.?M.?P.?G., al que condena a no pisar las concesiones ni las instalaciones de la Cofradía de Cabo de Cruz por los altercados protagonizados contra personal de la entidad marinera.

En el fallo, la jueza prohíbe al acusado acercarse a menos de 200 metros del trabajador denunciante, y a cualquier lugar donde se encuentre, así como a las zonas en las que se desarrolla el trabajo del pósito, cuya explotación corresponde a la Cofradía de la Virgen del Carmen de Cabo de Cruz y concretamente al muelle y a los arenales que van de Punta Peralto a Pedra Rubia: playa de Barraña, Carragueiros, A Retorta, A Ladeira do Chazo, Mañóns y Ladeira de Triñáns.

El acusado también tendrá que cumplir con la prohibición de contactar con el denunciante por cualquier medio de comunicación, informático, telemático, escrito, verbal o visual. Todas estas medidas tendrán un período de vigencia de seis meses. Además, tendrá que abonar al trabajador del pósito 1.655 euros que responden a cuatro multas y dos indemnizaciones.