Condena de dos años y nueve meses a un boirense por abusar de una menor que era su alumna

Javier Romero Doniz
JAVIER ROMERO RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

El acusado, que impartía clases de música, tenía constancia de la edad de la joven

14 jul 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El boirense S. D. C. acaba de ser condenado, por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, a dos años y nueve meses de cárcel por un delito de abusos sexuales a una menor a la que este hombre dio clases de música durante dos años. Los hechos, según detalla el fallo, ocurrieron el 21 de mayo del 2012 sobre las 17.00 horas, al finalizar una de las lecciones. Fu entonces «cuando ambos se dirigían a la puerta de salida, que estaba cerrada con llave, y el acusado agarró por detrás a la joven para realizarle tocamientos en diferentes partes del cuerpo». Lo hizo durante unos minutos, pasados los cuales la víctima le dijo que tenía que irse y el entonces docente musical le contestó «bueno vale, no se lo cuentes a nadie».

Tratamiento psicológico

Los magistrados que redactaron el fallo dejan claro, en varias ocasiones, que el investigado conocía la edad de la adolescente, que a consecuencia de estos hechos padeció sintomatología ansiosa y recibe desde entonces tratamiento psicológico. Este boirense, a preguntas de los magistrados durante el proceso de instrucción, negó conocer la edad de la joven y adujo, con el aval de algunos testigos, que el desarrollo físico de la menor hacía impensable que tuviese una edad inferior a la de una adolescente.

Por su parte, la madre de la víctima aseguró con rotundidad que el acusado conocía los años de su hija porque se los comentó al contratar las clases, momento en que le dijo la edad y el curso escolar.

La sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña impide también a S. D. C. dar clases de música durante el mismo tiempo que dura su condena, dos años y nueve meses, a la vez que le impone el abono de las costas procesales y una indemnización, en concepto de responsabilidad civil, que asciende a 12.000 euros. Dicha cantidad ha sido fijada atendiendo, según se explica en el fallo, a la existencia del tratamiento psicológico durante varios años y al resarcimiento del daño moral.

Aún así, la acusación pública reclamaba en su escrito la cuantía de 6.000 euros, mientras que la acusación particular la elevaba al entender que la indemnización tendría que alcanzar los 60.000 euros.