Una sentencia avala la validez de las multas impuestas por auxiliares de la policía

Antonio Garrido Viñas
antonio garrido VILAGARCÍA / LA VOZ

VILAGARCÍA DE AROUSA

MONICA IRAGO

La denuncia se cursó por un vehículo que estaba estacionado en una calle peatonal cerca de las ocho de la tarde

18 ene 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Es una de las grandes cuestiones que marcan las conversaciones de barra y café de muchos vilagarcianos. ¿Son válidas las multas que imponen los auxiliares de la Policía Local? Una sentencia de la sala número 3 del Contencioso Administrativo de Pontevedra ha dicho que sí.

La denuncia que originó el paso por los juzgados data del día 6 de noviembre de 2015. Aquella tarde, uno de los auxiliares de la Policía Local de Vilagarcía cursó una multa a un coche que estaba estacionado en la calle General Pardiñas, que es peatonal, a las 19.51. La sanción correspondiente era de 60 euros.

Fuentes municipales apuntan que el fallo «non se limita a dar validez á actuación dos auxiliares no que á presentación de denuncias se refire senón que tamén avala o procedemento que segue o Concello de Vilagarcía na tramitación das mesmas», explican desde Ravella. De hecho, la sentencia, de acuerdo a lo que se expone desde el gobierno local, resalta el proceso realizado tras la presentación de las alegaciones, que en su momento fueron rechazadas por la administración local.

Una fotografía

En la denuncia, y además del boletín convenientemente cubierto y que está firmada por los dos auxiliares, se añade una fotografía del vehículo propiedad del demandante, que él mismo reconoce que conducía aquel 6 de noviembre. La sentencia, que es firme y no se puede recurrir, obliga al condenado a pagar tanto la multa por la infracción de tráfico como las costas del proceso.

Lo cierto es que la polémica por la supuesta invalidez de las sanciones impuestas por los auxiliares de a Policía Local no viene de ahora. De hecho, ya saltó a la luz hace nada menos que nueve años cuando varios ciudadanos presentaron recursos que eran sistemáticamente denegados. Las cifras del primer semestre de aquel 2008 eran apabullantes: nada menos que 1.200 multas teóricamente impugnables en los seis primeros meses del año y por un cuantía cercana a los 60.000 euros. Ya entonces, el modo de actuación que seguían los agentes y acompañaban el boletín de denuncia de una fotografía que dejara constancia de la infracción. La escasa cuantía de las sanciones motivaba que la impugnación se quedara en Ravella y no llegara al Juzgado como sucedió en este caso.

Para Ravella, la sentencia judicial de la sala número 3 del Contencioso Administrativo de Pontevedra «confirma o procedemento que se sigue no Concello de Vilagarcía, e en moitos concellos nos que teñen que recorrer á contratación de auxiliares en determinadas épocas do ano para apoio das plantillas policiais».

El fallo condena al demandante a pagar los 60 euros de la infracción y las costas del proceso