Una sentencia pone en jaque la forma en la que el Concello de Vilagarcía gestiona las multas

Serxio González Souto
serxio gonzález VILAGARCÍA / LA VOZ

VILAGARCÍA DE AROUSA

Anula una sanción de 200 euros porque su resolución es un estereotipo válido para cualquier infracción

28 may 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Una sentencia que acaba de dictar el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Pontevedra podría acarrear importantes consecuencias para el Concello de Vilagarcía. El fallo abre, sobre el papel, toda una vía para la anulación de multas de tráfico dado que cuestiona abiertamente la forma en la que se gestionan este tipo de expedientes. El dictamen, ante el que no cabe recurso, anula una sanción de 200 euros por considerar que el procedimiento seguido provoca la indefensión del multado y emplea una fórmula de resolución estereotipada, «pudiendo valer para cualquier infracción, al no contener referencia a cuestiones concretas de valoración del supuesto de que se trata».

El 12 de mayo pasado, hace poco más de un año, un agente impuso una sanción al abogado Santiago Prego. Su automóvil se hallaba estacionado en una zona de carga y descarga a las cinco y media de la tarde, en el horario reservado para el desarrollo de este tipo de tareas. La cuantía de la multa asciende a 200 euros, que se reducen a la mitad en caso de que el interesado renuncie a presentar una alegación y realice el pago en un período determinado.

El letrado vilagarciano considera, sin embargo, que pese a que el vehículo en cuestión no dispone de autorización para este tipo de labores, si hace uso de la reserva es porque está cargado y descargando un equipo informático para su despacho profesional. Así lo recoge en su escrito de alegación: «Existe un motivo justificado de carga y descarga, sin que al sancionar haya de aplicarse estrictamente la ley, sino que debe impartirse además justicia», argumenta Prego.

El abogado solicita que se practiquen toda una serie de pruebas. Sin embargo, el Concello dicta en septiembre una resolución por la que que reitera la imposición de los 200 euros de multa. Lo hace de forma escueta, sin tan siquiera valorar las alegaciones interpuestas ni aportar una justificación para su desestimación. De ahí la decisión del sancionado de acudir a un recurso contencioso-administrativo que a la postre le ha dado la razón.

La sentencia entiende que no existen defectos formales que conduzcan a la anulación del expediente. Pero sí considera que, al no haber valorado de ninguna forma los argumentos y razones aportadas por el recurrente, el Concello provoca su indefensión «a la hora de hacer valer su derecho de defensa, pues la resolución dictada es estereotipada, pudiendo valer para cualquier infracción». El juzgado impone al Ayuntamiento las costas, que no superarán los 200 euros.