Ratifican la pena de dos años de cárcel por el atropello mortal de un niño en O Grove

cambados / la vozm. alfonso O GROVE / LA VOZ

CAMBADOS

La Audiencia ha desestimado el recurso de los padres del menor y condena a la conductora por un homicidio por imprudencia

08 oct 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia de Pontevedra ha decidido desestimar el recurso presentado por los padres del niño de 5 años que falleció el 10 de diciembre de 2009 tras ser atropellado por un vehículo cuando transitaba por la acera de Alexandre Bóveda. La conductora fue condenada a una pena de dos años de prisión por un homicidio por imprudencia, pero los progenitores del menor pedían una mayor pena. Algo que han rechazado los magistrados.

La sentencia, que se hizo pública en diciembre del 2014, considera probado que la conductora del vehículo lo sacó de donde lo tenía aparcado y comenzó la marcha de forma constante. «El vehículo cruzó la carretera atravesando el sentido contrario de circulación e invadiendo la acera de enfrente por la que caminaba el menor», explica el documento, que también recoge que la mujer, «pese a ver a los peatones, no hizo nada por evitar su atropello, limitándose a hacer aspavientos que los peatones no podían ver». Por ello, el juez la condenó a una pena de dos años de prisión, «como autora de un delito de homicidio por imprudencia concurriendo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas». Fue contra estos atenuantes contra los que los padres del menor presentaron recurso, pero el juez desestima sus peticiones pues alega que esto «no significa otra cosa que el derecho de todo acusado a que su causa se vea o resuelva en un tiempo normal. Que la familia de la víctima quiere una condena más dura es una cuestión subjetiva que no puede ser tenida en cuenta».