El Juzgado ordena al Concello de Foz la clausura provisional de dos locales hosteleros por ruidos

M. C.

FOZ

La medida se adopta en tanto no adecúen sus instalaciones a lo que exige la ordenanza

11 jun 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo ordenó al Concello de Foz que ejecute la clausura de forma provisional de dos locales hosteleros -El Cairo y Dolce Vita- mientras éstos no adecúen sus instalaciones a las exigencias que contempla la ordenanza general municipal reguladora de la contaminación acústica y a otras normas.

El Juzgado estimó el recurso contencioso-administrativo presentado por la comunidad de propietarios contra la desestimación por silencio administrativo por parte del Ayuntamiento de Foz tras la denuncia registrada en abril del año 2011, en la que denunciaban el exceso de ruido y también el incumplimiento del horario de cierre. También requiere al Concello que notifique a los titulares de los establecimientos referidos que, de no ejecutar las obras necesarias en el sentido indicado, la clausura de los locales se mantendrá.

En la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), se contempla que la comunidad de propietarios, tanto en la denuncia en vía administrativa como en la jurisdiccional, manifestaron desconocer si los establecimientos «cuentan con licencia de apertura vigente», pero sí hacen constar «que emiten fuertes ruidos que producen graves daños a los vecinos de las viviendas del edificio donde se ubican perturbando su vida diaria y alterando las horas de descanso nocturno, al propio tiempo que, con ello, el valor económico de dichas viviendas se rebaja».

Acometer obras

El Juzgado ordena al Concello que notifique la resolución judicial a los titulares de los locales hosteleros referidos y a no permitir el funcionamiento de dichos establecimientos «hasta que adopten las medidas a que hace referencia el dictamen pericial y las exigencias de la ordenanza. También hace referencia al informe del perito designado judicialmente, que visitó ambos locales en el mes de abril del 2013 para realizar mediciones de aislamiento acústico y los niveles de ruido. El informe revela que, tras la visita (realizada cuando estaba cerrado), el local El Cairo «no está en condiciones para desarrollar la actividad de discoteca sin antes acometer obras de aislamiento de todo el local». Además de referenciar cada uno de los incumplimientos de la normativa, se indica que, si el local de hostelería estuviera en ese momento en funcionamiento, «los problemas de ruido se incrementarán sustancialmente».

Licencias

Con respecto al local Dolce Vita, el dictamen del perito judicial determina que el establecimiento no está en condiciones para desarrollar la actividad de mesón «sin antes acometer obras de aislamiento de todo el local, y mucho menos para desarrollar la actividad de pub, ya que tendría que obtener una nueva licencia».

El Ayuntamiento tendrá que pagar 400 euros

Además de anular la desestimación por silencio administrativo de la denuncia de la comunidad en el 2011, el Juzgado condena en costas al Ayuntamiento de Foz a pagar 400 euros. El juez critica la «pasividad municipal» y reconoce que no es la primera vez que ha tenido que pronunciarse por la inactividad del Ayuntamiento «ante las denuncias que determinados vecinos formulaban por los ruidos excesivos emitidos por locales de espectáculos y establecimientos de pública concurrencia, verdadero mal de nuestro tiempo en centros urbanos y en localidades turísticas».

Acumulación de asuntos

En los antecedentes de hecho del fallo judicial se reconoce que en la tramitación de los autos «se han observado las formalidades legales del procedimiento excepto el plazo para dictar sentencia, habida cuenta de la acumulación de asuntos que todavía registra este Juzgado».