A Loureiro no le constan reparos legales por las licencias de obra

A MARIÑA

Alberto López

La alcaldesa y el exedil Guerreiro recalcan que "respetaron escrupulosamente los informes técnicos y jurídicos"

07 jun 2016 . Actualizado a las 18:34 h.

Tras la declaración del exedil del BNG Rodríguez Guerreiro, turno para la alcaldesa de Viveiro, segunda en sentarse en el banquillo de la Audiencia de Lugo. Ambos, junto a una concejala y a otros dos exediles, están siendo juzgados por presunta prevaricación urbanística. Fiscalía los culpa por la concesión de 13 licencias, en juntas de gobierno de Viveiro que presidía el anterior alcalde socialista local y que fueron denunciadas hace 9 años por el exregidor popular César Aja. Enjuiciada por 2 de las 13 licencias, la alcaldesa declara en la Audiencia que reconocer el silencio no significaba poder construir, y que no le consta que existan advertencias o reparo de legalidad por parte de la secretaria municipal. Loureiro y Guerreiro han recalcado ante el tribunal que las decisiones sobre las licencias urbanísticas "respetaron escrupulosamente los informes técnicos y jurídicos".

En su declaración, Loureiro ha contado que cuando se permitieron esas edificaciones estaba recién llegada a la corporación, por lo que no formaba parte de una comisión especial de urbanismo integrada por políticos de todos los partidos, representantes de los constructores y técnicos jurídicos y de urbanismo del Concello.

El exedil Guerreiro, que sí estaba en la comisión especial de urbanismo, explicó al tribunal que había sido creada para analizar las 152 peticiones de licencia presentadas en el Concello. Cuando la junta de gobierno las analizó, respetaron "escrupulosamente" los informes técnicos y jurídicos. Guerreiro detalló que la decisión de contratar a un técnico externo fue unánime, tomada por todos los partidos, para reforzar el servicio de urbanismo, ante la avalancha de solicitudes que quedaron sin tramitar tras la suspensión por la Xunta de las normas subsidiarias en el 2006. Guerreiro también declaró que el hecho de que el expediente obtuviera el silencio administrativo no suponía que las obras fueran ejecutadas, como así pasó en algún caso. También que existía una advertencia del servicio jurídico de que podían prevaricar si no concedían el silencio administrativo.