Cómo expulsar a ocho millones de personas

La Voz

INTERNACIONAL

19 jun 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

En la UE hay unos ocho millones de sin papeles. Tras la entrada en vigor de la directiva, los países solo tendrán dos opciones: legalizarlos o expulsarlos.

1

Retorno voluntario. Los irregulares que reciban una orden de retorno tendrán entre una semana y un mes para abandonar el país. El plazo podrá ampliarse en casos como el de los niños escolarizados.

2

Internamiento. Si el inmigrante no se va y hay «riesgo de fuga», se le podrá recluir en un centro de retención hasta seis meses, y hasta 18 si él o su país no cooperan en la repatriación. Los plazos oscilan hoy entre el mes de Francia y el año y medio de Malta, pasando por los 40 días de España. En Dinamarca, Estonia, Finlandia, Lituania, Países Bajos, el Reino Unido y Suecia no hay límite.

3

Decisión administrativa. Las órdenes de internamiento podrán ser dictadas por la Administración, aunque el afectado podrá reclamar que su internamiento se someta a tutela judicial.

4

Asistencia legal. Los países deberán proporcionar asesoramiento jurídico gratuito a los irregulares, de acuerdo con los límites que marquen sus leyes nacionales.

5

Cárcel. Cuando un número «excepcionalmente importante» de inmigrantes que deban ser repatriados plantee una carga para los centros de reclusión de un país, este podrá rebajar las condiciones de internamiento y usar cárceles, aislando a los irregulares de los presos comunes.

6

Niños. Se podrá repatriar a menores no acompañados si sus familias o un centro de acogida se ocupan de ellos en el país de destino. Los niños y las familias con menores «solo serán internados como último recurso».

7

Garantías. Los Gobiernos tendrán en cuenta la situación en el país de origen y no repatriarán a nadie cuya vida o libertad estén amenazadas.

8

Fondo para expulsiones. Se habilita el uso del Fondo Europeo para el Retorno, previsto para el período 2008-2013 y dotado con 676 millones de euros.