
Deberá indemnizar a su mujer con 100 euros y no podrá acercarse a ella durante dos años
El fallo considera probado que insultó, empujó y tiró al suelo a su compañera
?a sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña revocó parte de una sentencia en la que se condenaba a José Manuel Boedo, como autor de un delito de lesiones a su mujer. El fallo impone una pena de tres meses de prisión, privación del derecho de tener armas y ejercer el sufragio. Además, establece que no puede acercarse a su cónyuge, Lucinda Varela Cerviño, en dos años y debe abonarle 100 euros como indemnización.
La sentencia considera probado que el 27 de junio del 2004, José Manuel Boedo Barros se dirigió a su esposa en un bar de Arteixo para decirle que le iba a pegar porque estaba cansado de que se fuese siempre a Carballo. Poco después, impidió a su mujer entrar en el domicilio familiar.
La mujer logró abrir la puerta con una patada, pero en ese momento José Manuel Boedo salió de la casa y ambos mantuvieron una pelea en el transcurso de la cual el marido la empujó y la tiró al suelo. La sentencia asegura que por efecto de esta agresión ella sufrió un hematoma en la región lumbar del que precisó asistencia médica.
Por otra parte, otro fallo del mismo tribunal condena a Mario Rouco Souto a dos años de prisión al considerarlo culpable de una agresión en la discoteca Mambo de Arteixo.
El dictamen considera probado que, tras un incidente acaecido en el interior del local, golpeó a Víctor Barros Patiño con un vaso de cristal en la cara causándole heridas y cortes, por las que estuvo incapacitado temporalmente para ejercer sus labores.
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