Por un delito contra el medio ambiente se les condena a 12 meses de inhabilitación para la pesca
Cuatro años de prisión a los Campaña Carril, dos a la novia de uno de ellos y tres al armador del «Gallego José»
Los cuatro armadores de Camariñas y la novia de uno de ellos imputados por pescar con dinamita en los años 2006 y 2007 han sido condenados por la Audiencia Provincial coruñesa por tenencia y tráfico de explosivos a penas de cárcel. Además, los patrones responderán también por un delito contra el medio ambiente.
Tras dar por válidas tanto las escuchas telefónicas como los registros en sus domicilios, los magistrados consideran probado que los hermanos Felipe, Carlos y José Manuel Campaña Carril se dedicaban a la adquisición de material explosivo, que manipulaban para utilizarlo para la pesca del cerco y el suministro a terceras personas, por los que los condena a cuatro años de prisión. A la pareja de Felipe, Isabel Campaña Caamaño, también se la considera cómplice de estos hechos, por cuanto algunas de las llamadas en que preguntaba por detonadores a varias empresas del sector de la pirotecnia se realizaron desde el teléfono de su madre, por lo que es sentenciada a dos años de prisión.
El fallo, sobre un caso que había supuesto un gran revuelo en su día en la Costa da Morte, condena además a tres años de cárcel al patrón Manuel Caamaño Barreiro, ya que se estima que, además de adquirir explosivos a los hermanos Campaña Carril, los llegó a utilizar, al menos en mayo del 2007, cuando se escucharon varias detonaciones en las inmediaciones de su pesquero, el Gallego José , cuando este faenaba en la zona de Meixende, junto a otros barcos de Camariñas, según declaró en la vista el patrón mayor de Portosín.
Los magistrados imponen siete meses de prisión tanto a los hermanos como a Caamaño Barreiro, por considerarlos autores de un delito contra el medio ambiente derivado de la pesca con explosivos, así como la inhabilitación para ejercer la pesca por el período de un año.
Sin embargo, en el fallo se indica que no se puede acreditar el daño que los explosivos han podido causar, por lo que no se establece que deban abonar una indemnización por este concepto, como lo habían solicitado tanto el letrado de la Xunta como la del Estado, que se presentaron como acusación.
Recurso
El abogado que defendía a los Campaña Carril y a Isabel Campaña, Antonio Platas Tasende, ya anunció que pretende recurrir el fallo. Las defensas habían solicitado la absolución de todos los acusados, habían rechazado que se les pudiera vincular con la pesca con explosivos y se había vinculado la presencia de material explosivo a un posible intento de incriminarlos; únicamente habían asumido la tenencia de bombas de palenque por la afición de uno de los hermanos al fútbol y a celebrar con ellas los triunfos del Real Madrid.
Sin embargo, el fiscal solicitaba para los cinco imputados penas de siete años de cárcel, que la letrada del Estado aumentaba, en el caso de los hermanos a ocho.
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