Absuelto el ex alcalde de Calvos de Randín al no probarse que autorizase una obra antes de que fuese adjudicada

J.?M.?G.

GALICIA

29 nov 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

El ex alcalde de Calvos de Randín, Antonio Rodríguez Alonso, ha sido absuelto de un delito de prevaricación por el que el fiscal le pedía nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público. Los hechos por los que fue juzgado arrancan el 29 de junio del 2006, cuando la Diputación de Ourense aprobó el expediente de contratación de los vestuarios de las piscinas del municipio. Se acordó abrir la fase de adjudicación por subasta mediante procedimiento abierto y trámite ordinario. Los anuncios se publicaron en el BOP de Ourense el 8 de julio del 2006 y en el DOG el 13 de julio. El plazo para presentar ofertas finalizaba el 8 de agosto. Pero en julio, antes de concluir este plazo, la empresa Suso Fernández empezó a construir los vestuarios. La magistrada jueza del Juzgado Penal 1 de Ourense dice que no se acredita que el acusado, que en aquel tiempo era alcalde por el PP, concediese autorización verbal a la constructora para iniciar la obra, al comunicárselo a Jesús Bautista Fernández, uno de los dos socios, sabiendo que a esa firma no se le habían adjudicado las obras porque aún no había expirado el plazo de presentación de ofertas.

Al tribunal no le resulta claro si Rodríguez emitió una resolución verbal para que la constructora obrase. De las declaraciones tanto del constructor como de su esposa, administradora, el tribunal no ve claro que el acusado autorizase la obra. La sentencia tiene en cuenta que el acusado dijo que no sabía si la obra se había adjudicado porque la Diputación no se lo comunicó. No quedó demostrado que había que hacerla rápido para que el alcalde la inaugurase en agosto, porque todos los testigos dicen que la obra tenía que hacerse con rapidez, pero ninguno señaló que se debía a que el alcalde quería inaugurarla. La sentencia señala que aunque es lógico preguntarse por qué la constructora, por su cuenta y riesgo, hizo hecho unas obras sin saber si las iba a cobrar, no hay prueba directa que acredite una desvirtuación de la presunción de inocencia del ex alcalde.