La legislación olvida a los propietariosde la franja litoral

M. C.

GALICIA

Los dueños de terrenos en deslinde carecen de compensación en Galicia

19 nov 2008 . Actualizado a las 11:34 h.

Galicia apura el diseño del Plan Sectorial de Ordenación del Litoral. Su documento de inicio será remitido este mes a Medio Ambiente para que realice su evaluación estratégica ambiental. Ese es el primer paso de una tramitación burocrática que tendrá que estar terminada antes del 17 de mayo, fecha en la que remata la vigencia de la norma que restringe la construcción en 3.000 hectáreas de suelo urbanizable ubicadas a menos de 500 metros de la línea del mar. El plan, que llega con retraso sobre lo estipulado en la ley urbanística del 2002, es la principal arma que diseña la comunidad para lograr esa gestión integral de la costa por la que han abogado durante dos días los técnicos participantes en el seminario de ordenación, planificación y gestión del litoral, organizado por el Observatorio del Litoral de la Universidade da Coruña y la Fundación Barrié.

Completar los deslindes en todo el litoral, una franja que amplía en Galicia el mínimo que fija la Ley de Costas hasta los doscientos metros desde el borde del mar, y promover acciones para la ampliación de dominio público con la adquisición del suelo colindante con la zona de deslinde forma parte de la filosofía de ese plan, tal y como explicó ayer el director xeral de Urbanismo, Ramón Lueje, durante su intervención en el foro.

La aplicación de los deslindes está generando serios conflictos con los propietarios de los terrenos que están dentro de esa franja costera. Algunos reclaman una compensación, pero eso, tal y como está la legislación actual, es imposible. Es la opinión que tiene el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid, Ángel Menéndez Rexach, asesor de la Dirección General de Costas del Estado, que participó en la elaboración de la Ley de Costas. En este sentido, explicó que son las comunidades las que deben realizar la clasificación del suelo que está dentro de esa línea costera. En Galicia está calificado como rústico. En consecuencia los propietarios no tendrían derecho a compensación, ya que para ello este tendría que ser suelo urbanizable. Por eso, comentó el catedrático, «en el marco legislativo vigente no tiene solución». Pero la ley es ambigua y, en tema de deslindes, deja un amplio margen a la interpretación.