Condenados a dos años de cárcel dos conductores por homicidio imprudente en Lugo

Efe

GALICIA

Los acusados participaban en una competición por la ronda de la muralla y atropellaron a una joven de 22 años que murió y otras dos personas, que resultaron heridas graves.

24 jul 2008 . Actualizado a las 20:58 h.

El juzgado de lo Penal número 1 de Lugo ha condenado hoy a dos años de prisión a cada uno de los dos conductores que se vieron implicados en un accidente de tráfico que le costó la vida a una estudiante de 22 años y heridas graves a otros dos acompañantes, cuando circulaban en sendos coches en una competición por la ronda de la muralla.

Los dos condenados, el autor material del atropello, Alberto Lugilde Soto, de 28 años, y Óscar López Pérez, de 34, que conducía el otro vehículo en competición, también tendrán que indemnizar a las víctimas, conjunta y solidariamente, junto con sus respectivas compañías de seguros, en la cantidad de 141.356 euros y no podrán conducir vehículos durante cinco años.

El accidente se produjo la madrugada del 14 de noviembre de 2004 cuando ambos conductores, según se recoge en la sentencia, circularon «en competición o carrera» y «a excesiva velocidad» hasta que uno de ellos, que arrojó un resultado positivo por alcoholemia, perdió el control del vehículo y atropelló a 3 personas que transitaban por la acera.

A consecuencia del impacto perdió la vida María López Sánchez y resultaron heridos graves sus dos acompañantes, cuando regresaban de una fiesta de cumpleaños. Aunque ambos acusados han negado en la vista oral que circularan compitiendo entre sí cuando se desplazaban hasta un local de copas, la sentencia concluye que «mienten», con independencia de que la carrera estuviera pactada de antemano o se hubiera fraguado en el transcurso del trayecto.

El juzgado sentenciador determina que la conducta de los acusados resultó «gravemente imprudente» al haber desarrollado «de forma voluntaria» una competición «en el corazón del casco urbano», con velocidades «absolutamente inadecuadas» y por encima de la limitación de los 50 kilómetros por hora que regula la zona del siniestro.

En cambio, la sentencia no aprecia que hubieran incurrido en un delito de omisión del deber de socorro, que sí contemplaba la acusación, al quedar acreditado que los acusados no se dieron a la fuga y que comprobaron, aunque no se identificaron como los autores del accidente cuando regresaron al lugar del atropello, que las víctimas estaban siendo atendidas «de la forma más eficaz posible».

El suceso provocó una profunda consternación en la ciudad de Lugo, donde a día de hoy aún existe una especie de altar improvisado con flores, velas y una fotografía de la víctima.