El cura ourensano que arruinó a una anciana, condenado a cinco años de cárcel

GALICIA

El sacerdote Benigno Moure será inhabilitado durante tres años y tendrá que devolver casi 600.000 euros

19 abr 2008 . Actualizado a las 02:20 h.

No fue una donación, sino «un ambicioso plan preconcebido para distraer capital», en forma de apropiación indebida. Los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense consideran que lo que Benigno Moure, sacerdote y presidente de la Fundación San Rosendo, hizo con el patrimonio de una anciana residente en uno de los geriátricos de la fundación que preside fue un acto ilegal con el que «faltó a la lealtad y buena fe exigible en todo gestor».

Es por ello que le imponen una condena de cinco años de prisión y le obligan a devolver a los herederos de la anciana y su esposo los casi 600.000 euros de los que se apropió aprovechándose, así se refleja en la sentencia, de la situación de indefensión de la víctima. Además, Benigno Moure, de 75 años, quedará inhabilitado durante tres años para «presidir, gestionar o representar instituciones de carácter asistencial». El religioso irá a la cárcel si no prospera el recurso que sus abogados plantearán contra la sentencia.

Pese a la dureza del fallo, que a efectos prácticos supone un reproche penal a las formas de actuar de una de las empresas ourensanas con más empuje, la condena que se le impone al cura es muy inferior a la que habían solicitado las acusaciones pública y particular -ejercida esta última por un sobrino de la anciana-, que habían reclamado penas de prisión de entre 14 y 26 años para el religioso. Esta disminución responde a que los magistrados no han encontrado en este caso evidencias de estafa o de falsedad documental, como sí apreciaban los querellantes.

Todo el patrimonio

Pese a ello, el tribunal da por bueno el relato de los hechos del fiscal y considera probado, en contra de lo que el propio acusado siempre ha mantenido, que Benigno Moure conoció desde el primer momento el ingreso en el geriátrico Os Gozos, en Pereiro de Aguiar, de la anciana María Vázquez y su esposo en el año 1999, y que se ocupó, «aprovechándose del deterioro progresivo e irreversible de la capacidad intelectiva de ella y en la convicción de que carecía de herederos forzosos», de transferir ilícitamente a la Fundación San Rosendo «la integridad de su patrimonio», hasta dilapidarlo.

Detallan los firmantes de la sentencia que para llevar a efecto su plan, el religioso logró que la víctima lo autorizase en sus cuentas bancarias, realizando transferencias de efectivo en favor de la fundación por valor de 533.196 euros entre 1999 y el 2001. Además, se hizo con todo su patrimonio inmobiliario convenciéndola, en el año 2001, para que firmase un contrato privado de venta de sus bienes, entre ellos un piso en O Carballiño. La anciana nunca cobró el dinero de aquella operación y, en los meses siguientes, todas sus propiedades fueron vendidas por la fundación a terceras personas.

Precisamente, la segunda de las condenas derivadas de este caso, la que afecta al notario ourensano Alejo Calatayud, deriva de su conducta poco diligente en la firma de la escritura pública de la venta a un particular del piso de la anciana, cuando esta ya estaba incapacitada. Así, los magistrados consideran grave que no se ejercitase por parte del notario «una mínima y razonable comprobación del estado mental de la vendedora» y que el documento se firmase en dos partes sin que este hecho se hiciese constar.

Es por ello que los firmantes consideran a este profesional, hoy en día jubilado, responsable de un delito de falsificación por imprudencia grave -por el que no lo había acusado el fiscal- y le imponen una condena de ocho meses de multa, con una cuantía total de 3.600 euros. Esta imposición es muy inferior a los 12 años de prisión que reclamaba para él la acusación particular, que le imputaba un delito de estafa del que los magistrados no han hallado pruebas.