La Audiencia ordena el ingreso en prisión de la madre de la niña asesinada en Narón en el 2005

Francisco Varela

FERROL

01 ago 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña ha declarado la firmeza de la sentencia del caso de la niña asesinada en Narón en el 2005, una vez que el Tribunal Supremo la confirmó con algunas pequeñas variaciones como reducir de 22 a 20 años la pena de Iván Naveiras Díaz, como autor material. En cuanto a la madre, la colombiana Paola Andrea Vélez Benítez, el Alto Tribunal mantuvo los seis años y diez meses por homicidio imprudente y maltrato habitual porque, habiendo sabido del comportamiento de Iván con su hija Natalia, de tres años, no lo denunció.

Él se encuentra ya en prisión cumpliendo la larga condena, pero Paola Andrea salió el 8 de junio del 2008 tras permanecer dos años. El auto dictado por la Audiencia el pasado día 14 de julio ordenaba su reingreso en el penal de Teixeiro para cumplir la parte de la condena que le queda, al menos de la mitad si se le conceden los beneficios penitenciarios habituales.

En el auto dictado por la Audiencia se le da un plazo de diez días para que se presente en la cárcel, de lo contrario, añade, se dictará orden de busca y captura.

El abogado

Su abogado, Julio Barros, ha presentado una petición de indulto parcial alegando que ya ha cumplido cerca de la mitad de la condena, carece de antecedentes y que puede cumplir lo que le queda en situación de libertad condicional o con arrestos de fin de semana.

Ahora tiene que ser la Audiencia quien tramite el asunto ante el Gobierno, que resuelve sobre el indulto en última instancia, si bien acompañando la petición de su propio informe y de las alegaciones que formulen al respecto el Ministerio Fiscal y las acusaciones particular y popular.

La acusación particular, que ejercició desde el comienzo Juan Alberto Zapata Trujillo, padre de la pequeña y ex compañero de Paola Andrea Vélez, ya ha rechazado la suspensión de la ejecución de la condena y demanda su inmediato ingreso en el penal por su condición de extranjera, por carecer de arraigo en España, un trabajo estable y vínculos sociales o familiares, y la gravedad de las penas impuestas. El letrado de esta parte opina también que existe un «riesgo de fuga muy alto».

Condiciones

Esta acusación incide también en que fue condenada por delito de homicidio imprudente a cuatro años de prisión, y por un delito de maltrato habitual a su propia hija a otros dos años, más diez meses por otro delito de maltrato familiar. Es decir, un total de seis años y diez meses. Entiende el mismo letrado que no concurren las condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución, por lo que insta a la Audiencia a que haga cumplir el auto que dictó y rechace la petición de Paola Andrea.