Una sentencia obliga a BBVA, Caixa Galicia y Cajamar a anular las cláusulas de suelo hipotecarias

R. S. REDACCIÓN/LA VOZ.

ECONOMÍA

Se trata de un punto incluido en muchos préstamos para la vivienda que impiden que el interés -la suma del euríbor más el diferencial- baje de una determinada cifra.

19 oct 2010 . Actualizado a las 03:39 h.

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla declara nulas las cláusulas de suelo en las hipotecas de las entidades BBVA, Caixa Galicia y Cajamar. La sentencia, que aún es recurrible, la hizo ayer pública la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), la organización denunciante. Se trata de un punto incluido en muchos préstamos para la vivienda que impiden que el interés -la suma del euríbor más el diferencial- baje de una determinada cifra. Así, en el caso de las tres entidades citadas, la sentencia del juez Miguel Ángel Navarro indica que esa cláusula de suelo está entre el 2,5 y el 3,75%. Quiere eso decir que por mucho que el euríbor baje (hoy está en el 1,4%), las hipotecas nunca podían bajar de ese tope, de tal manera que los hipotecados no veían reducir sus cuotas.

Por separado, las defensas de BBVA, Caixa Galicia y Cajamar -una cooperativa de cajas rurales con amplia presencia en toda España- argumentaban que ese tipo de condiciones -el suelo, y también el techo- formaban parte de la negociación con el cliente, que era libre de optar por otra oferta hipotecaria, y que en cierto modo daba seguridad al usuario al establecer unos mínimos y unos máximos. También dudaban de que Ausbanc pudiera presentar la denuncia.

Ambos argumentos los descarta el juez, al dar carta de legitimidad a la propia organización y al considerar, principalmente, que existe un «desfase notorio» entre los suelos y los techos de las hipotecas. Porque si la cifra por abajo se queda en el 2,5%, por arriba ese interés no podría superar el 12%. «Es sencillamente inasumible por el mismo usuario» al que se le pone ese suelo, argumenta el juez.

Por ello, la sentencia, de 18 páginas, concluye declarando «la nulidad, por abusivas, de las denominadas cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios a interés variable», y condena a las tres firmas a «eliminar» esos topes, y no volver a utilizarlos en lo sucesivo.