El Congreso da luz verde al desahucio exprés de los inquilinos que no paguen el alquiler

La Voz N.?B.

ECONOMÍA

30 oct 2009 . Actualizado a las 12:06 h.

El pleno del Congreso aprobó ayer la Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética, más conocida como ley del «desahucio exprés», con la que el Ejecutivo -según señaló la ministra del ramo, Beatriz Corredor- pretende impulsar el mercado del alquiler, «porque acelerará los desalojos por impago sin menoscabar los derechos de los inquilinos».

El objetivo de la nueva normativa, que modifica a su vez tres leyes (la de arrendamientos urbanos, la de enjuiciamiento civil y la de la propiedad horizontal), es simplificar y agilizar los trámites judiciales al propietario de una vivienda en alquiler con habitantes morosos.

Entre los cambios que incluye destacan, por ejemplo, que se reduce de dos a un mes el período para que el arrendador presente una demanda tras requerir el pago de las mensualidades atrasadas. Asimismo, el inquilino podrá evitar ir a juicio si abona las deudas en ese plazo.

Asimismo, tras la sentencia judicial correspondiente, el desahucio se realizará en un plazo «no superior a 15 días y sin ulteriores trámites», en el caso de que el arrendatario no haya cumplido con el plazo pactado para el abandono voluntario de la vivienda. En este sentido, el propietario también podrá condonar toda o parte de la deuda si el inquilino abandona la vivienda voluntariamente en el plazo que el primero marque, que no podrá ser inferior a 15 días.

Rescisión para uso propio

Otra de las novedades de la nueva normativa es la ampliación de los supuestos en los que el propietario no está obligado a la prórroga del contrato de alquiler, que actualmente tiene cinco años de duración.

Así y siempre que figure en el documento, el arrendador puede rescindirlo si precisa disponer del piso para uso propio o de familiares directos, en los que se incluyen a padres, hijos o ex cónyuge, en caso de sentencia firme de divorcio o nulidad.

El propietario dispondrá de tres meses para ocupar la vivienda, ya que en caso contrario estará obligado a reponérsela nuevamente al inquilino, así como a indemnizarle por los gastos del desalojo.

Pese a la defensa que la ministra Corredor hizo de la nueva normativa, no todos los grupos la acogieron del mismo modo, ya que cosechó las críticas de los dos extremos del arco parlamentario: PP y ERC-IU-ICV.

Mientras que PSOE, CiU y PNV defendieron su utilidad para eliminar los problemas que retraen el alquiler, el PP sostuvo que «no servirá para nada», dado el colapso judicial.