El Supremo valida los permisos ambientales de la Xunta a Reganosa

ECONOMÍA

El alto tribunal anula un fallo contrario, que había dictado el TSXG, tras presentar un recurso el Concello de Ferrol

05 dic 2008 . Actualizado a las 02:59 h.

El Tribunal Supremo acaba de emitir un fallo que anula una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) contra el permiso medioambiental de Reganosa. El Concello ferrolano presentó en el 2001 -cuando estaba gobernado por BNG y PSOE- un procedimiento contencioso-administrativo contra la declaración de efectos ambientales de la regasificadora ferrolana. El TSXG dictaminó que la Xunta tendría que estudiar el recurso de alzada del Concello, que defendía la necesidad de que el proyecto contase con una declaración de impacto ambiental, más exigente que la de efectos ambientales que tiene la planta. La Xunta y Reganosa recurrieron esa decisión, que ahora avala el Supremo.

El alto tribunal entiende que el permiso emitido por la Consellería de Medio Ambiente para que pudiese construirse la planta de gas de la ría de Ferrol no es recurrible porque «es un acto de trámite que no puede ser impugnado de forma autónoma» a la autorización de la instalación. No obstante, los opositores al proyecto de Reganosa también habían optado por esta vía, aunque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló en octubre del 2006 en su contra, al validar la legalidad de la autorización.

Ese fallo es firme, al igual que el que acaba de dictar el Supremo, que tampoco puede ser recurrido.

En el alto tribunal se encuentra también pendiente de resolución otro recurso de casación formulado por la Xunta y por Reganosa contra otra sentencia del TSXG que se pronunció, a instancias de la plataforma vecinal de Mehá -la parroquia sobre la que se asienta la regasificadora- en idéntico sentido.

El fallo del Supremo es crítico con el procedimiento que llevó a cabo el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. No solo asegura que el recurso contencioso-administrativo presentado por el Concello ferrolano contra la tramitación ambiental de Reganosa «debió inadmitirse por la sala», sino que también sostiene que la sentencia estaba fundamentada en un voto particular cuyo criterio choca con la «reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo».

De hecho, en la sentencia recién emitida también ha habido un voto discrepante, firmado por Jesús Ernesto Peces Morate.

Decisión firme

El fallo del alto tribunal es la segunda sentencia firme que ratifica la validez de los procedimientos llevados a cabo por las Administraciones en la autorización de la planta de gas. No obstante, en estos momentos aún hay otros dos litigios pendientes de resolución contra decisiones que guardan relación con el proyecto de la regasificadora.

De hecho, desde diversos ámbitos políticos, sociales y empresariales de Ferrolterra se ha pedido reiteradamente celeridad en la resolución de los tribunales con respecto a los fallos pendientes sobre la compañía.

La regasificadora -impulsada por Unión Fenosa, Endesa, Grupo Tojeiro, Sonatrach, la Xunta, Caixa Galicia, Caixanova y el Banco Pastor- comenzó a operar en noviembre del 2007. En estos momentos tramita un proyecto de ampliación de su capacidad de vaporización.