Los acusados prefirieron que, en caso de ser culpables, se les penalice por las leyes de 1973
20 sep 2007 . Actualizado a las 02:00 h.El Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra se declaró ayer incompetente para enjuiciar el proceso contra gran parte de la corporación municipal de A Estrada de 1993 por dos delitos de prevaricación urbanística. En este sentido, el titular del tribunal, a instancias del Ministerio Fiscal, afirmó que remitirá el caso a la Audiencia Provincial, órgano judicial que se encargará a partir de ahora del proceso contra el ex alcalde del Concello estradense y ocho de los nueve concejales imputados, puesto que uno quedó ayer libre de cargos.
La decisión se tomó después de que el fiscal, tras la finalización de la segunda vista oral del juicio que comenzó el martes, alertara al juez que el juzgado excedía los límites de su competencia.
La fiscalía solicita penas de ocho años de inhabilitación para ocupar un cargo político municipal por cada uno de los dos delitos, así como 18 meses de multa económica.
Sentencia máxima
De acuerdo con el código penal de 1973, la sentencia máxima que podría dictar el juez es de doce años de inhabilitación para un puesto político por delito, mientras que las leyes puestas en vigor en 1995 sólo permitía un máximo de diez años, además de penas de prisión.
Al superar un castigo superior a los diez años, el juzgado de lo penal se excedería en su competencia.
El juez preguntó a cada uno de los imputados si aceptaban las penalizaciones, en caso de ser declarados culpables, contempladas en las leyes de 1973 o 1995. Todos optaron por las del año 73.
Y por ese motivo, el juez envió el proceso judicial a la Audiencia. «Aplicar el código penal de 1995 puede ser más perjudicial para los acusados», advirtió el titular del Juzgado de lo Penal de Pontevedra.
Nadie recurrirá
También quedó reflejado en acta que ni fiscal, ni acusación particular, ni abogados de la defensa, recurrirán la decisión adoptada ayer de remitir el caso a la Audiencia provincial.
Por otro lado, ayer el fiscal retiró los cargos contra el ex edil Manuel Somoza por no estar presente en las votaciones del equipo de gobierno en las que se aprobaron la urbanización de chalés y las construcciones en la prolongación de la calle Justo Martínez.
Asimismo, redujo de dos a uno los delitos por prevaricación urbanística contra Francisco Cora Castro.
Durante la vista oral de ayer también declararon varios técnicos y testigos.
La acusación particular solicita para el ex alcalde del municipio estradense, así como para el ex edil de Urbanismo, Ramón Campos y Alfonso Uzal, respectivamente, prisión, además de la multa económica y la inhabilitación para un puesto político local.
Durante el juicio, los imputados insistieron en su inocencia, y los responsables de aprobar los proyectos urbanísticos indicaron que se basaron en informes externos, puesto que los municipales no eran vinculantes y solicitaban la contratación de estudios adicionales por parte de expertos en la materia.
Al menos, un año más
Los expertos señalaban ayer que el caso por estas irregularidades se prolongará al menos doce o trece meses más, por lo que la sentencia, en cualquier sentido, acabará llegando casi quince años después de que se adoptaran, en pleno, las decisiones relacionados con tres licencias y decisiones urbanísticas.