El árbitro no reflejó en el acta la agresión de Cristiano Ronaldo, por lo que podría ver reducido su castigo

Colpisa / La Voz REDACCIÓN

DEPORTES

La sanción del portugués podría suponerle perderse de entre uno a tres partidos

25 ene 2015 . Actualizado a las 18:13 h.
La patada sin balón que Cristiano Ronaldo le propinó a Edimar, lateral brasileño del Córdoba, y que le costó la expulsión por roja directa en el Nuevo Arcángel, puede dejarle al menos cuatro partidos sin jugar al astro portugués.Si mantiene su criterio habitual para este tipo de infracciones, el Comité de Competición considerará como agresión el puntampié del crack de Madeira, que soltó la pierna fruto de la impotencia, ya que no le había salido un buen partido y en ese momento el Real Madrid no pasaba del empate frente al equipo local. Cristiano demostró su mal momento de forma en Córdoba (1-2), y dejó para la galería un gesto: sacó lustre al escudo del campeonato del Mundial de Clubes mientras escuchaba los gritos de la grada.El colegiado Alejandro Hernández Hernández señaló en el acta del partido que expulsó por tarjeta roja directa a Cristiano por «dar una patada a un adversario sin estar el balón a distancia de ser jugado». El artículo 98.1 del Código Disciplinario de la Federación Española de Fútbol contempla una suspensión de 4 a 12 partidos para el futbolista que agreda a otro, sin causarle lesión, ponderándose como «factor determinante» de culpa la circunstancia de que la acción tenga lugar con el juego detenido o a distancia tal de donde se desarrolla el juego que resulte imposible intervenir. Aunque el Balón de Oro no podía disputar el esférico, en poder entonces del portero Juan Carlos, el partido no estaba detenido cuando Cristiano Ronaldo soltó la patada. Si la redacción del acta del colegiado canario Hernández Hernández no es clara y Competición califica la acción como juego peligroso o violento, la suspensión sería de uno a tres partidos.Sin embargo, el árbitro del Córdoba-Real Madrid, Alejandro Hernández Hernández, reflejó en su acta que en el minuto 83 decidió expulsar a Cristiano Ronaldo por «dar una patada a un adversario sin estar el balón a distancia de ser jugado». No hay pues nada que sugiera una agresión del portugués sobre el brasileño Edimar (acción que sí recogieron las cámaras).El atacante luso ya había golpeado con el puño a Crespo dentro del área cordobesa pocos minutos antes sin que el colegiado ni sus ayudantes se percataran de la infracción. Si finalmente la acción de Cristiano no se entiende como agresión, la sanción respondería a «producirse de manera violenta», y «en aplicación del artículo 123 del Código Disciplinario» sería sancionado con entre uno y tres partidos además de una multa de 600 euros. Por el contrario, el artículo 98.1 del Código Disciplinario de la Federación Española de Fútbol contempla una suspensión de cuatro a doce partidos para el futbolista que agreda a otro, sin causarle lesión, ponderándose como «factor determinante» de culpa la circunstancia de que la acción tenga lugar con el juego detenido o a distancia tal de donde se desarrolla el juego que resulte imposible intervenir. El futbolista portugués no podía disputar la pelota, en poder entonces del portero Juan Carlos, aunque el partido no estaba detenido.El entrenador del Real Madrid, Carlo Ancelotti, no se detuvo en la expulsión de Cristiano Ronaldo. «No he visto nada y no he hablado con él», explicó. Poco después de terminar el encuentro en el Arcángel, Cristiano colgó en las redes sociales un mensaje de disculpa por su partido y su expulsión.