El club no tenía ayer la información, a pesar de que la ley obliga a facilitarla desde que se convoca la junta
Los responsables del Deportivo incumplen un año más con su deber de facilitar la información sobre las cuentas que el club someterá a aprobación en la junta de accionistas del día 19. Desde el mismo momento en que se convoca la junta, con un mes de antelación, la entidad tiene la obligación de facilitar los números del ejercicio a aquellos accionistas que así lo soliciten.
Tal obligación no es desconocida por los responsables del Deportivo. De hecho, en la misma convocatoria de asamblea que se ha enviado a los accionistas, puede leerse: «De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, y 15 de los Estatutos sociales, se advierte expresamente a los señores accionistas de su derecho de solicitar en el domicilio social y, en su caso, obtener de forma gratuita e inmediata la información o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día de ambas Juntas y de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos (artículo 144 de la L.?S.?A.)». Pues a pesar de semejante reconocimiento, el Deportivo no ha facilitado las cuentas a algunos accionistas que las han solicitado.
Aunque esta circunstancia no es la primera vez que se produce, y a pesar de que tal incumplimiento de la ley no ha tenido consecuencias ulteriores, Lendoiro está poniendo en riesgo la legalidad de la junta de accionistas del día 19 (día 18, en primera convocatoria).
Cabe recordar que, solo con que un accionista no haya visto atendida su petición de información, podría denunciar el asunto en los tribunales y la junta ser declarada nula si el juez así lo decidiese.
La obligación de las sociedades anónimas de facilitar la información a los accionistas comienza desde el mismo momento que se realiza la convocatoria. Así, según el artículo 112/2 de la ley: «A partir de la convocatoria de la junta general, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas. En la convocatoria se hará mención de este derecho».
Durante la jornada de ayer, algún accionista preguntó en la sede social del Deportivo por la disponibilidad de las cuentas, y obtuvo como respuesta que estarían a finales de esta semana y que ya avisarían en el momento en que así fuera.
La actitud tomada desde el consejo de administración presidido por Lendoiro podría tener, incluso, consecuencias penales, dado que es precisamente el Código Penal el que recoge la posible sanción en su artículo 293. «Los administradores de hecho o de derecho de cualquier sociedad constituida o en formación que sin causa legal negaren o impidieren a un socio el ejercicio de los derechos de información, participación en la gestión o control de la actividad social, o suscripción preferente de acciones reconocidos por las leyes, serán castigados con la pena de multa de seis a doce meses».
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