Daños colaterales de legislar a salto de mata

Carlos Rodríguez

BARBANZA

24 sep 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

La prohibición de fumar en lugares públicos que establece la ley antitabaco que entró en vigor el pasado mes de enero, es un ejemplo muy ilustrativo de que legislar a salto de mata produce daños colaterales. Y claro está, a más improvisación, mayores son los daños y mayor es la diversidad de colectivos que resultan dañados.

No se trata de discutir la conveniencia de una ley que permite liberar a los hosteleros de muchas horas de trabajo diarias libres de humos nocivos y preserva el derecho de los no fumadores a no serlo si así lo han decidido. Es una cuestión de salud pública y así lo ha entendido la sociedad española respetando su cumplimiento casi al 100%.

Sin embargo, si el fondo no se discute, las formas ya son harina de otro costal. Aún a riesgo de equivocarme, parece obvio que la falta de coraje político provocó que esta fuera una ley de dos velocidades.

En la primera se obligó a los empresarios del sector hostelero a habilitar espacios para fumadores con el consiguiente desembolso económico. Sin tiempo para amortizar llegó la segunda velocidad y de su mano esta nueva prohibición absoluta y permanente.

La puntilla se encargaron de darla los ayuntamientos con unas ordenanzas que, en la mayoría de los casos, no contemplan en absoluto los condicionantes de la mentada normativa estatal y que pone al hostelero en la dicotomía de elegir entre atraer al cliente y afrontar severas sanciones económicas.

Que el sector hostelero no es la quintaesencia del corporativismo es evidente y por eso, a pesar de tener un peso tan importante en el Producto Interior Bruto del país y formar parte de nuestra cultura, siguen siendo preocupantemente vulnerables.

Es la cantidad que se llegó a alcanzar en la villa noiesa, uno de los municipios con mayor número de terrazas

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